Ecuador se ha convertido en el primer país del mundo que reconoce en su Constitución derechos inalienables a la naturaleza, convirtiéndola de esta manera en sujeto de derecho. La nueva Carta Magna ecuatoriana, aprobada en referendo hace una semana, está inspirada en la filosofía del “buen vivir”, que promueve la convivencia en armonía con la naturaleza o Pacha Mama, mediante el cuidado de la biodiversidad, de los recursos naturales, de la biósfera y del patrimonio natural. Pero el texto constitucional va un paso más allá y consagra uno de sus capítulos a otorgar a la naturaleza derechos exigibles jurídicamente.
“La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos“, reza el artículo 71 de la Constitución, incluido en el capítulo denominado “Derechos de la naturaleza”.
Tras conocerse la intención de consagrar derechos a la naturaleza en uno de los países más biodiversos del mundo, que cuenta con ecosistemas únicos como la selva amazónica o el archipiélago de las Galápagos, surgieron dudas.
¿Puede la naturaleza tener derechos? ¿Quien va reclamarlos? ¿Dónde se van a procesar los reclamos?
“Justicia ambiental”
“En realidad lo que se quería era hacer justicia a la naturaleza y reconocer que si la justicia social fue en el siglo XX el eje de las luchas, la justicia ambiental va a serlo en el siglo XXI“, le explicó a BBC Mundo Alberto Acosta, ex presidente de la Asamblea Constituyente y uno de los impulsores de los derechos de la naturaleza.
Según Acosta, el objetivo era “buscar un mecanismo para proteger a la naturaleza y a partir de esa visión, abrir la puerta a un nuevo régimen de desarrollo en Ecuador”.
En cuanto a la manera en que esos derechos podrán ser ejercidos, Acosta recuerda que la Constitución otorga a “toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad” la potestad de “exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza”.
Pero además del derecho a existir, en la nueva Constitución se le reconoce al medio natural el derecho a la restauración y se determina que “el Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales”.
Y agrega que “se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional”.
Para la redacción de este articulado, la Asamblea Constituyente contó con el asesoramiento de la organización estadounidense Community Environmental Legal Defense Fund (CELDF).
Liderazgo y dudas
Según le dijo a BBC Mundo Mari Margil, directora adjunta de la CELDF, con la aprobación de su nueva Constitución “Ecuador está liderando el camino para cambiar de manera fundamental forma que se protege la naturaleza“.
Pese al optimismo que ha despertado entre los grupos ambientalistas la adopción de los derechos del medio natural, existe escepticismo sobre la manera en que serán ejercidos.
La economía de Ecuador sigue dependiendo en gran medida de la extracción de recursos naturales como el petróleo o los minerales, y en las últimas décadas las compañías estatales y multinacionales encargadas de explotar dichos recursos han contribuido enormemente a la degradación del medioambiente del país.
“Ahora tenemos que construir la jurisprudencia adecuada para que la naturaleza pueda ser sujeto de derechos y no quede sólo en un discurso lírico”, señala Alberto Acosta.
Tomás Ciuffardi, colaborador de BBC Mundo en Ecuador, señala que “aunque sectores conservacionistas opinan que la Constitución da un gran paso en materia de protección medioambiental, también hay preocupación por ciertas contradicciones entre artículos que dejan espacio para interpretaciones ambiguas”.
Un ejemplo, según Ciuffardi, es el artículo 407, en el que se “prohíbe la actividad extractiva de recursos no renovables en las áreas protegidas”, aunque más adelante se incluye como excepción a la regla de explotación “la petición fundamentada de la Presidencia de la República, previa declaratoria de interés nacional”.
Nuestro colaborador explica que “eso quiere decir que es facultad del presidente decidir si conviene explotar recursos valiosos como el petróleo, el oro o el cobre en áreas protegidas o mantener la riqueza natural de selvas y bosques como proclama la Constitución”.
Régimen de desarrollo
Para Alberto Acosta este asunto tiene que ver con el régimen de desarrollo del país.
Según el ex presidente de la Constituyente, el problema reside en que “en Ecuador, como sucede en Bolivia, Venezuela o Brasil, y de algún modo en Chile y Argentina, todavía no se ha tomado una dirección que no busque prioritariamente la explotación de recursos primarios, sean agrarios o minerales”.
En cualquier caso, Acosta recuerda que “en la Constitución anterior se daba la potestad a cualquier funcionario del gobierno para impulsar la explotación de los recursos naturales, incluso en las zonas protegidas, mientras que en la nueva se establece que sea el presidente de la república en casos excepcionales el que presente una solicitud a la Asamblea Nacional para que ésta mayoritariamente apruebe o no el pedido presidencial“.
Otro asunto objeto de disputa ha sido la no inclusión del consentimiento expreso de las comunidades afectadas por cualquier proyecto de explotación de recursos naturales.
“Debería haberse incluido ese consentimiento junto con disposiciones que prohibieran cualquier actividad minera o de extracción de petróleo que impacte en los hábitats en peligro o en el suministro de agua”, le indicó a BBC Mundo Cyril Mychalejko, editor de la publicación de internet UpsideDownWorld.org, dedicada a política y activismo en América Latina.
Según Mychalejko, “si se hubiese hecho así mucha más gente estaría satisfecha”.
Por su parte, Alberto Acosta recuerda que ese fue uno de los temas más debatidos y complejos, no sólo en la asamblea sino también en Acuerdo País, el partido del gobierno.
“No se pudo conseguir su aprobación, aunque hay la posibilidad de la consulta previa con una gran ventaja con respecto a lo que había antes, ya que no será la empresa privada interesada en la explotación de los recursos la que realizará esa consulta previa, sino que tendrá que ser el Estado quien organice esa consulta entre las comunidades que podrían verse afectadas”, señala.
Intereses privados
Otros grupos también aseguran que el reconocimiento de los derechos del medio natural colisionará con los interés de las compañías que trabajan en de la extracción de recursos naturales del páis.
Según Mari Margil “los intereses de las grandes corporaciones chocan frontalmente con los ecosistemas, ya que sólo buscan el negocio, extrayendo recursos y externalizando los costes al medioambiente”.
“Ello ya ha dejado a Ecuador con una terrible degradación medioambiental”, señala.
Además, algunas organizaciones ambientalistas consideran que el modelo económico del presidente Correa, sustentado en parte en los beneficios obtenidos de la explotación de los recursos naturales, también choca con los derechos de la naturaleza.
Según Cyril Mychalejko, el gobierno ecuatoriano “ha hecho comentarios contradictorios sobre la definición de desarrollo sostenible y el tipo de relación que el país va a tener con el capital extranjero”.
Alberto Acosta, por su parte, cree que la única solución para evitar la colisión entre el modelo económico y los derechos del medio natural “es la búsqueda seria y responsable de un nuevo régimen de desarrollo”.
“Seguir haciendo más de lo mismo va a generar tensiones, no sólo con la naturaleza sino también con las comunidades. Y acentuará la paradoja de la abundancia: el hecho de que Ecuador es un país pobre porque es rico en recursos naturales”, señala Acosta.
Punto de inflexión
En cualquier caso, el ex presidente de la Constituyente comparte el optimismo de muchos grupos ambientalistas en el mundo, que ven la nueva Constitución de Ecuador como un punto de inflexión en la defensa del medio natural. “Si bien somos el primer país del mundo que establece que la naturaleza tiene derechos, no estamos solos. Poco a poco se va gestando una conciencia de que sin naturaleza respetada no hay vida del ser humano asegurada”, asegura Acosta.
Mari Margil, de la CELDF, se muestra incluso más contundente. “A aquellos que dicen que es absurdo dar derechos a la naturaleza les recordaría que hace siglos a los abolicionistas se les tachaba de locos por querer dar derechos a los esclavos”. “Creo que lo que sucede ahora es lo mismo. Algo fundamental tiene que cambiar en la manera en la que tratamos a la naturaleza“, asegura Margil.
Fuente: BBC Mundo
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